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miércoles, 29 de septiembre de 2010

Leyes relacionadas con los derechos a la salud

El derecho a la salud está consagrado en numerosos tratados internacionales y regionales de derechos humanos y en las constituciones de países de todo el mundo.

Ejemplos de tratados de las Naciones Unidas sobre derechos humanos:


  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966

  • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1979

  • Convención sobre los Derechos del Niño, 1989

El Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) dice que, entre las medidas que se deberán adoptar a fin de asegurar la plena efectividad del derecho a la salud, figurarán las necesarias para:



  • la reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños;


  • el mejoramiento de la higiene del trabajo y del medio ambiente;


  • la prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas;


  • la creación de condiciones que aseguren el acceso de todos a la atención de salud


Según la Observación general, el derecho a la salud abarca los siguientes elementos:
Disponibilidad. Se deberá contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud, así como de programas de salud.
Accesibilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles a todos dentro de la jurisdicción del Estado Parte.
no discriminación
accesibilidad física
accesibilidad económica (asequibilidad)
acceso a la información

Aceptabilidad. Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados, a la par que sensibles a los requisitos del género y el ciclo de vida


Calidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena calidad.


Al igual que todos los derechos humanos, el derecho a la salud impone a los Estados Partes tres tipos de obligaciones, a saber:
Respetar. Exige abstenerse de injerirse en el disfrute del derecho a la salud.
Proteger. Requiere adoptar medidas para impedir que terceros (actores que no sean el Estado) interfieran en el disfrute del derecho a la salud.
Cumplir. Requiere adoptar medidas positivas para dar plena efectividad al derecho a la salud.